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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1207/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1207/2015-S1

    Fecha: 16-Nov-2015

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    • Jorge Chura Alanoca
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos, principios y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • acumulación
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • existe identidad de objeto, sujeto y causa, además de pronunciamiento expreso del Tribunal sobre los aspectos demandados, corresponde denegar la acción
    • similar acción fue presentada por los accionantes en forma paralela,
    • su uso debe ser mesurado, evitando su activación de forma reiterada, más aún si coinciden los sujetos activos y pasivos, si son idénticos los argumentos y fundamentos, y si tienen el mismo objeto. Esta doble activación resulta inadmisible
    • III.3
    • no prevé explícitamente que deban cumplirse ciertas formalidades para elevar la apelación
    • lograr varios pronunciamientos sobre una misma causa
    • CONFIRMAR

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