DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2015

Fecha: 16-Dic-2015

I.

I. El Concejo Municipal de acuerdo a sus atribuciones, viabiliza la iniciativa ciudadana  y del órgano ejecutivo para el  tratamiento, aprobación, derogación, abrogación y modificación de Leyes municipales según lo establece la Constitución Política del Estado, las mismas serán aprobadas por 2/3 de los miembros del Concejo Municipal; las ordenanzas, resoluciones y reglamentos serán aprobados por simple mayoría de los miembros del concejo municipal”.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Zudáñez, está facultado para crear, constituir, disolver o participar en empresas, para el cumplimiento de los objetivos del desarrollo integral del municipio y  para la ejecución de obras, prestación de servicios públicos, siempre y cuando éstas no puedan ser prestadas mediante administración privada, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política del Estado y leyes”.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Zudáñez, declara al desarrollo Etno-Eco-Agro Turismo-Cultural Comunitario como una actividad estratégica y de importancia para el desarrollo integral del municipio, asegurando el manejo racional en armonía con la Naturaleza; en ese sentido, en concurrencia con el gobierno departamental y nacional formulará y ejecutará políticas y programas de desarrollo etno-eco-agro turístico recuperando y promocionando el turismo de aventura, la gastronomía local, la mejora de los servicios de hotelería y restaurantes, la promoción de ferias y espacios recreativos con enfoque ecológico de manera que se garantice servicios de calidad a la presencia, cada vez mayor del turismo nacional y extranjero.

I. El nivel central del Estado y el Gobierno Autónomo Municipal de Zudáñez definirán el financiamiento que corresponda a la transferencia o delegación de competencias, o al traspaso de responsabilidades para el cumplimiento de las competencias concurrentes, en conformidad a lo dispuesto por Ley Marco de Autonomías y Descentralización.

I. El órgano rector del Sistema de Planificación Integral del Estado, en coordinación con el Ministerio de Autonomías, definirá las normas técnicas de formulación y gestión de planes territoriales de desarrollo, a efecto de facilitar el proceso de ejecución en las entidades territoriales, las mismas que serán de aplicación obligatoria durante la Planificación Integral y Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Zudáñez.

I. El Municipio de Zudáñez se encuentra ubicado en la provincia de Zudáñez del departamento de Chuquisaca, limita al norte con el municipio de Presto, Mojocoya y Tarabuco, al sur con el municipio de Icla y Sopachuy, al este con el municipio de Mojocoya y Tomina y al oeste con el municipio de Tarabuco e Icla.