SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1244/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1244/2015-S3

Fecha: 09-Dic-2015

improcedente

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,  constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 27 de 14 de octubre de 2014, cursante de fs. 158 a 167, declaró “improcedente la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La Contraloría General del Estado es un ente cuya función es de fiscalización y, el Ministerio Público o la Procuraduría General del Estado son quienes deben asumir la defensa; así, la legitimación no la tiene la Contraloría General del Estado sino la Procuraduría General del Estado; b) La primera institución nombrada incurrió en error, pues debía hacer notar a la segunda entidad aludida que es la que tiene la legitimación para defender los intereses del Estado; y, c) En ese sentido se vulneró el derecho al debido proceso de la Procuraduría General del Estado.

Respecto al primer punto, el Tribunal de garantías, señaló: “…no ha lugar…” (sic), y respecto al segundo, dispuso que la Fiscal Departamental demandada notifique a la Procuraduría General del Estado con la Resolución de rechazo de denuncia; ante ello, el tercero interesado solicitó se deje sin efecto tal determinación; por cuanto, el proceso penal se encontraría archivado; por lo que, el Tribunal de garantías no concedió tal petición.