SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2015-S1

Fecha: 11-Dic-2015

II.3.

II.3.  En la precitada fecha, el Comité Electoral de la UAJMS, mediante Resolución 04/15 resolvió en su artículo primero “Que, las dos fórmulas al no haber cumplido con los requisitos establecidos en Segunda Vuelta para la ELECCIÓN DE AUTORIDADES UNIVERSITARIAS DE RECTOR (A) Y VICERRECTOR (A) Gestión 2015-2019, dando cumplimiento al Art. 43 del Reglamento Electoral en el presente caso es atribución exclusiva y corresponde al H Consejo Universitario convocar a una nueva elección en un plazo máximo de 90 (noventa) días” (sic.) (fs. 50 a 53 vta.).