SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2015-S1
Fecha: 11-Dic-2015
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 17/2015 de 2 de octubre, cursante de fs. 503 a 519, pronunciada por los Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada; por lo que, se mantiene firme y subsistente la Resolución 06/15 emitida por el Comité Electoral de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho de Tarija, y por ende la convocatoria a una nueva elección en el plazo máximo de 90 días, debiendo asumirse además por parte de la citada Universidad todas las medidas necesarias para su materialización a la brevedad posible con el fin de no perjudicar más a la comunidad Universitaria y a la Sociedad Tarijeña en su conjunto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ambos
- Fragmento 4
- a)
- I.2.2. Informe
- Fragmento 7
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- 1.2.5. Trámite
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- Fragmento 19
- III.2.
- fundamentación
- , la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso”
- Fragmento 23
- la interpretación de la legalidad ordinaria le corresponde a las autoridades judiciales o administrativas, debiendo toda supuesta inobservancia o errónea aplicación de la misma, ser corregida a través de la jurisdicción ordinaria; atañéndole únicamente a la jurisdicción constitucional '…en los casos en que se impugne tal labor como arbitraria, insuficientemente motivada o con error evidente, el estudio, dentro de las acciones de tutela, de la decisión impugnada, a los efectos de comprobar si la argumentación jurídica en la que se funda la misma es razonable desde la perspectiva constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
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