SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1264/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1264/2015-S3

Fecha: 23-Dic-2015

II.1.

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Nils Llanos Duchen contra Félix Chalar Miranda -hoy accionante- y otros, por la presunta comisión de los delitos de peculado, incumplimiento de deberes y otros, el referido accionante presentó recusación contra Pastora Cabrera Misericordia, Jueza Primera de Instrucción Mixta, Liquidadora y cautelar de Tupiza del departamento de Potosí -hoy demandada-, por memorial presentado el 28 de mayo de 2015 (fs. 58 y vta.), el cual mereció la providencia de 1 de junio de igual año, que rechazó el memorial de recusación teniéndolo por no presentado en base al art. 4 inc. 2) del CPC, “…siendo dicho memorial ofensivo para la suscrita, toda vez que durante el tiempo que viene ejerciendo la abogacía así como las funciones de juez jamás ha dado motivos para que se genere dudas respecto al cumplimiento del mandato que el Estado me ha otorgado, respetando siempre los derechos de todos los litigantes, y lo expresado tendría que ser probado" (sic) (fs. 59).