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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1267/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1267/2015-S3

    Fecha: 23-Dic-2015

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución de 6 de julio de 2015, cursante de fs. 457 a 459 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Danny Marcelo Cussi Miguel contra Ramiro Vargas Rodríguez, Juan Carlos Corrales Ortiz y Ludwin Rivero Rocha; Presidente y Vocales respectivamente de la Comisión de Régimen Disciplinario de la Escuela Básica Policial (ESBAPOL) de Cochabamba.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Contra resoluciones cuya ejecución estuviere suspendida por efecto de algún medio de defensa o recurso ordinario o extraordinario interpuesto con anterioridad por el recurrente
    • Excepcionalmente,
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • quien recurre de amparo no debe limitarse sólo a invocarlas, sino debe demostrarlas y probarlas para que la excepción proceda a su favor
    • CONFIRMAR

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