SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2015-S1

Fecha: 28-Dic-2015

principio de razonabilidad

         Los instrumentos que cumplan con los requisitos mencionados por ende, adquieren efectividad para ejercer la representación conforme al art. 106 del CPP, sin que ello signifique que los juzgadores, deban poner de lado el valor axiomático de la Constitución, que asegura la aplicación directa y eficaz de los derechos fundamentales a través de la labor interpretativa que deben realizar, orientados por los valores de justicia e igualdad, como postulados esenciales del principio de razonabilidad de las decisiones,  que son el estándar axiomático para alcanzar el “vivir bien”, como valor supremo del Estado.