SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1391/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron el derecho al debido proceso de la empresa que representa, en sus componentes de fundamentación y congruencia, y los principios de seguridad jurídica, presunción de inocencia y verdad material; toda vez que, como emergencia de la intervención aduanera de la que fue objeto, fue dictada la Resolución Sancionatoria AN-SCRZI-SPCCR-RS-634/2014 que declaró probada la comisión de la contravención aduanera por contrabando en su contra; y, en consecuencia, el comiso definitivo de los ítems 1, 2 y 3 detallados en el Acta de Intervención Contravencional COARSCZ-0664/2014, disponiendo la adjudicación a título gratuito y exentas de pago de tributos aduaneros en favor del Ministerio de la Presidencia; así como, el comiso del medio de trasporte, al determinar que no había coincidencia del producto físico con lo declarado en la DUI y la DAV; determinación que fue confirmada por el Auto Administrativo AN-SCRZI-SPCCR-AA-08/2015, omitiendo en ambas una debida fundamentación, motivación y congruencia, y como la mercadería decomisada es perecedera; por lo que, en aplicación de la excepción a la subsidiariedad, solicita se le conceda tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Cesación de los efectos del acto reclamado como causal de denegatoria de tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo