SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015-S1

Fecha: 02-Feb-2015

concedió

Mediante Resolución 012/2014 de 20 de marzo, cursante de fs. 106 a 108, la Jueza Cuarta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, concedió la tutela solicitada, disponiendo que: 1) El accionante permanezca internado en la Clínica San Miguel bajo la modalidad impuesta por el Juez de Ejecución Penal a momento de conceder la detención domiciliaria, debiendo ponerse tal situación en conocimiento de dicha autoridad así como las últimas certificaciones médicas que dan cuenta de su delicado estado de salud, sin perjuicio de que sea un médico forense quien homologue las certificaciones médicas presentadas; 2) La parte accionante deberá solicitar ante el Juez de la causa, ya sea la prórroga de la medida dispuesta o lo que en derecho corresponda, hasta que la presente resolución sea revisada por el Tribunal Constitucional Plurinacional; dejándose constancia que el presente fallo obedece a la necesidad de resguardar los derechos a la vida y a la salud del accionante; y, 3) Debe ponerse en conocimiento de la autoridad jurisdiccional que conoce la causa toda la documentación que se presenta a efectos de que sea considerada; determinaciones emitidas sobre la base de los siguientes fundamentos: i) Actualmente el accionante se encuentra internado en la Clínica San Miguel con un diagnóstico de lumbalgia y fibromialgia, con tratamiento de diferentes patologías; ii) La parte querellante solicitó el cumplimiento del Auto de Vista y del mandamiento de captura, dispuesto por el Juez Tercero de Ejecución Penal, ante lo dispuesto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, iii) Corresponde hacer uso de la normativa presentada por el ahora accionante en resguardo de sus derechos a la vida y a la salud, conforme a los arts. 92, 93 y 196 de la LEPS y 113 de su Reglamento.