SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2015-S1

Fecha: 02-Feb-2015

II.3.

II.3. Por memorial presentado el 23 de agosto de 2013, Pablo José Asbun Aburdene, respondió e impugnó la apelación presentada por Luís Fernando Fernández, en representación legal de Julien Daher Kamel, considerando entre otras cosas que el mencionado no es parte procesal y por tanto no puede apelar en la etapa de ejecución penal, conforme a lo dispuesto en el art. 432 del CPP, que determina que reconoce la facultad de plantear incidentes relativos a la ejecución de la pena, a la Fiscalía o al codemandado y no así a la víctima (fs. 92 a 98).