Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
II.1.
II.1. Cursa contrato de consultoría para el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de computación y manejo de sistema SIIF-ND-Gestión 2012, suscrito entre la CNS de Trinidad, representada por el Administrador Regional Humberto Vargas Justiniano y Christian Alejandro Claros Balderrama -hoy accionante- como consultor, desde el 1 de marzo de 2012 hasta el 31 de diciembre del mismo año. El costo mensual del servicio alcanzaba a Bs4900.- (cuatro mil novecientos bolivianos) (fs. 10 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2.
- III.3. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- 2)
- 3)
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR