Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
II.5.
II.5. Consta fotocopia de la factura 61, emitida por el ahora accionante el 6 de enero de 2014, a favor de la CNS por el monto de Bs5300.-, en la cual indica que el pago recibido por el emisor de la factura es por concepto de prestación de servicios técnicos correspondientes al mes de diciembre de 2013; asimismo, consta en la factura la leyenda impresa que indica “CONSULTORÍA” (sic) (fs. 38).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2.
- III.3. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- 2)
- 3)
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR