Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
II.7.
II.7. Mediante memorial presentado el 10 de enero de 2014, al Fiscal Departamental, el accionante solicitó desglose del dictamen pericial médico legal y refirió además que: “el original del referido documento habría sido extraviado o entre apelado” (sic). El 16 de enero de “2013”, Paola Adriana Córdoba Figueroa, informó al Fiscal Departamental, que revisado el cuaderno procesal no pudo dar cumplimiento a lo solicitado por el accionante; al encontrarse el informe pericial médico legal realizado por Romulo Antonio Torres Balanza, en fotocopia simple (fs. 6 y 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- Actuación de los Fiscales de Materia
- “Se tiene presente lo manifestado por el impetrante, con relación al desglose del informe pericial realizado por el Dr. Rómulo Antonio Tórrez, no se puede dar a lugar dado a que en el cuaderno de investigación cursan fotocopias simples del mismo”
- Actuación del Fiscal Departamental
- CONFIRMAR