SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

III.4   El servicio de alcantarillado como derecho humano fundamental

El contenido del art. 20 de la CPE, incorpora como derechos fundamentales los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones, atribuyendo la responsabilidad de su provisión al Estado en todos sus niveles de gobierno, haciendo principal referencia a los servicios de agua y alcantarillado como derechos humanos que no se encuentran sujetos a concesión y/o privatización, sino a régimen de licencias y registros conforme a ley.