Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2015-S1
Fecha: 10-Feb-2015
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Margarita Solíz Valencia y Jimena Lineth Ledesma Solíz, por intermedio de su abogado, refirieron en audiencia que los accionantes no cumplieron los requisitos previstos en el Código Procesal Constitucional y que Resolución S1a 29/2014 de 14 de mayo, anuló la Sentencia 15/2013, objetada por las accionantes, motivando la excusa del Juez ahora demandado. Solicitaron se deniegue la acción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cesan con anterioridad a la celebración de la audiencia del recurso, sin mayor análisis se deberá negar la tutela por la cesación de la causa que la motivó, dado que ello implica la desaparición del objeto del recurso
- III.2. Análisis del caso concreto