SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

II.3.

II.3.  Por oficio cite: GAMCC.OF 89/2013 de 15 de abril, Dominga Fernández Magallón -actualmente accionante-, comunica a Inocenta Araceli Amorin -demandada- y Dorys Arauz Mejía -tercera interesada- que el motivo de su inasistencia a la primera y segunda convocatoria fue, en primer lugar, porque las mismas no fueron de su conocimiento oportuno; y en segundo lugar, indica que “…el Edificio Municipal fue tomado físicamente, dicha toma realizada por los dirigentes de la Junta Vecinal del Área Urbana de Cuatro Cañadas…” (sic) (fs. 118 a 119).