SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

II.7

II.7.   Revisado el sistema de gestión procesal de este Tribunal Constitucional Plurinacional, se verificó que el 19 de marzo de 2013, Dominga Fernández Magallón, ahora accionante, interpuso acción de amparo constitucional contra Néstor Molina Bautista, Limber Choque Quispe, Faustino Romualdo Choquevillca y Rodnny Rubén Cruz Mérida, Dirigentes de la Junta Vecinal del área urbana del municipio de Cuatro Cañadas; tutela que una vez tramitada y resuelta por el Juez de Partido y de Sentencia Penal de Concepción de la provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz, concedió la acción de amparo mediante Resolución 5/2013 de 9 de abril, disponiendo: a) Permitir el ingreso inmediato de la Alcaldesa electa del Gobierno Autónomo Municipal de Cuatro Cañadas, Dominga Fernández Magallón, al edificio municipal, a efecto de cumplir las funciones para las cuales fue electa; y, b) El cese de las medidas de hecho por parte de los demandados y vulneratorias de los derechos de la accionante, ordenándoles además, abstenerse de causar daños a los bienes del Estado y de alterar la paz social, permitiendo el libre tránsito en el citado Municipio, bajo apercibimiento de ley.