Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2015-S3
Fecha: 03-Feb-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 22/2014 de 11 de junio, cursante de fs. 112 a 114 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Juan Félix Ricaldi Siles contra Ángel Arias Morales y Virginia Janeth Crespo Ibáñez, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- a) Las autoridades no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; b) No omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente; y, c) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento.
- III.2. Análisis del caso concreto
- i) Respecto a la solicitud de valoración de prueba
- ii) Respecto a los presuntos “nuevos” riesgos procesales
- CONFIRMAR