SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015-S1

Fecha: 13-Feb-2015

garantiza las prestaciones de las asignaciones familiares

Tomando en cuenta el referido artículo, se tiene que la SCP 0704/2013 de 3 de junio, señaló que: “Como se puede advertir, la prioridad para garantizar los beneficios sociales, se debe a que conforme la característica del nuevo Estado Plurinacional, prevalecen los derechos de los sectores en condiciones de vulnerabilidad, entre ellos, las mujeres en gestación, las niñas, niños y adolescentes, los adultos mayores, así como se protege a las trabajadoras y los trabajadores, por ser la esencia humana de la producción, por lo que debemos entender que los referidos sectores requieren de una atención especial dentro de la familia, la sociedad y el Estado; precisamente por ello, este último reconoce y garantiza las prestaciones de las asignaciones familiares, que deberán ser pagadas por los empleadores, como los beneficios consistentes en: 1) subsidio prenatal, que consiste en la entrega a la madre gestante beneficiaria, de un pago mensual en dinero o especie durante los últimos cinco meses equivalente a un salario mínimo nacional; 2) subsidio de natalidad, un pago equivalente al salario mínimo nacional por nacimiento de cada hijo; y, 3) subsidio de lactancia, entrega a la madre de productos lácteos u otros, equivalentes a un salario mínimo nacional durante los primeros doce meses de vida por cada hijo” (el resaltado es nuestro).