SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0114/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0114/2015-S2

Fecha: 23-Feb-2015

denegó

La Jueza Primera de Partido Mixta Liquidadora y Sentencia Penal de LLallagua del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 06/2014 de 18 de junio, cursante de fs. 70 a 77, por la que denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Esta acción de amparo constitucional tiene como base la ilegalidad de una resolución judicial, que a su vez procede cuando se carece de otras vías aptas, oportunas e idóneas; cuando peligran los derechos fundamentales de las personas físicas o colectivas, puesto que tiene por objeto fundamental la restitución o restablecimiento de los derechos y garantías constitucionales, ante actos u omisiones indebidos e ilegales que los suprimen o son restringidos por parte de particulares o funcionarios públicos;    b) En función a los principios que la rigen, no forma parte de los procedimientos ordinarios y tampoco es sustitutivo de otros medios o recursos legales, alternativos o complementarios de la jurisdicción ordinaria o especial; c) La improcedencia de ésta acción tutelar está destinada a evitar que los demandados y el Tribunal de garantías constitucionales tengan que desplegar actividad procesal con indeseables consecuencias; considerando que, se han observado actos positivos, libres, concretos e inequívocos, admitidos y vinculados a la actuación que se acusa de ilegal; y, d) La cosa juzgada en relación a la Sentencia de divorcio y la Resolución de división y participación de bienes gananciales, importa una garantía constitucional que refuerza su inmutabilidad en el tiempo, en función de la seguridad jurídica que guarda dicho contenido; por lo cual, se estima que existe la subsidiariedad en relación a la protección impetrada, la que se solicitó tardíamente a través de ésta acción; por lo cual, se niega la tutela solicitada.