SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2015-S3

Fecha: 20-Feb-2015

denegó

El Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 3/2014 de 8 de julio, cursante de fs. 34 vta. a 35 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El acta de garantías constitucionales, no es la única vía para desvirtuar riesgos procesales; b) Conforme al art. 323 del CPP, modificado por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010, una vez realizada la acusación fiscal el Ministerio Público no puede producirse más pruebas; c) Los arts. 70 del referido Código; y, 6 y 40 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), refieren que los fiscales se encuentran bajo control jurisdiccional; d) Ante lesiones, de acuerdo a la jurisprudencia se debe agotar previamente las instancias pertinentes, por lo que en el presente caso se debió ir ante la autoridad jerárquica que viene a ser el Fiscal de Distrito; y, e) No se puede obligar a la víctima a firmar un acta de garantías constitucionales.