SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

II.4.

II.4.  Circular 12/2014 de 30 de mayo, y la Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, determina la vacación judicial anual colectiva, gestión 2014, y qué juzgados y salas se quedarán de turno, encontrándose el Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal, estableciendo en el numeral 7, que: “El turno de los Juzgados de Instrucción en lo Penal Cautelar de la Capital, incluye también el fin de semana de acuerdo al rol semanal y sus titulares tramitaran todos los casos propios de su competencia, así como las causas con detenidos de sus similares de la capital…” (sic) (fs. 9 a 13).