Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de su derecho a la libertad de locomoción, planteó incidente por defecto absoluto y detención indebida, ante la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal, que conoció en suplencia legal por vacaciones, su similar Décimo; encontrándose detenido en el Recinto Penitenciario “San Antonio”, a la espera de la resolución de ambas autoridades, quienes debieron resolver con prioridad los casos donde la libertad está de por medio y al no resolver el incidente planteado, se encontró en indefensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el principio de celeridad
- III.2. Análisis del caso concreto
- tramitarán todos los casos propios de su competencia, así como las causas con detenidos de sus similares de la capital...”
- CONFIRMAR