SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra con detención preventiva, habiéndosela atribuido la presunta comisión del delito de violación, considerándola desde ya ilegal en virtud a lo dispuesto por el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Fiscal de Materia ordenó su aprehensión y en audiencia de 22 de enero de 2014, se impuso   detención preventiva; dentro del término de tres días presentó recurso de apelación incidental, sin que hasta la fecha y a pesar de transcurrir seis meses no se remitió los antecedentes ante el superior en grado por parte de la autoridad ahora demandada; asimismo, no le entregaron las fotocopias que en reiteradas oportunidades solicitó, como son el acta de audiencia y la Resolución correspondiente, hasta la fecha no se imprimió la secuencia procesal respectiva en franca lesión al debido proceso, en sus elementos de la tutela judicial eficaz y de su defensa amplia e irrestricta.