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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2015-S1

    Fecha: 26-Feb-2015

    II.4.

    II.4. Providencia de 3 de julio de 2014, emitida por Angélica María Gil Vera, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal de Yacuiba del departamento de Tarija, por la que dispuso, el envío de antecedentes del recurso                de apelación incidental a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Tarija, bajo prevención de llamada de atención (fs. 6).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegar
    • iv)
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.1. Lo previsto por el Código de Procedimiento Penal
    • Fragmento 11
    • III.1.2. Lo señalado por  la  jurisprudencia constitucional respecto a la acción de libertad de pronto despacho
    • Fragmento 13
    • III.2. La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus  traslativo o de pronto despacho
    • III.3. Análisis del caso concreto

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