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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2015-S1

    Fecha: 26-Feb-2015

    II.2.

    II.2.  Mediante solicitud efectuada el 11 de marzo de 2014, Ramiro Tito Cruz Portal, pidió al Juez de la causa, que habiendo transcurrido más de un mes y medio de su detención preventiva, se imprimiera el trámite interno de rigor sobre la petición de apelación incidental, exigencia que fue reiterada por cuarta vez respecto a las fotocopias del acta de audiencia de medidas cautelares y de la Resolución correspondiente (fs. 4).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegar
    • iv)
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.1. Lo previsto por el Código de Procedimiento Penal
    • Fragmento 11
    • III.1.2. Lo señalado por  la  jurisprudencia constitucional respecto a la acción de libertad de pronto despacho
    • Fragmento 13
    • III.2. La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus  traslativo o de pronto despacho
    • III.3. Análisis del caso concreto

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