SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

1°    ANULAR

1°    ANULAR obrados hasta el Auto de Admisión 369/2014 inclusive, cursante a fs. 113 y vta., debiendo el Tribunal de garantías, disponer con carácter previo a la admisión de la presente acción de amparo constitucional, que el accionante cumpla con la carga procesal de señalar el domicilio de la tercera interesada, a efectos de su citación, según los razonamientos expresados anteriormente, otorgándole un plazo de tres días para su cumplimiento, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su acción tutelar, en caso de incumplimiento.