SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0196/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0196/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

i)

El accionante denunció que se vulneró su derecho a la libertad, toda vez que se encuentra detenido preventivamente y a causa de la vacación judicial: i) El Juez y la actuaria del Juzgado Segundo de Instrucción Cautelar de Quillacollo, no remitieron el cuaderno procesal al juzgado de turno, pese a existir una circular al respecto; y, ii) Tanto la Jueza como la actuaria del Juzgado de Instrucción Mixto de Colcapirhua que debieron verificar los procesos con detenidos durante la vacación judicial, se negaron a dar curso a la solicitud de audiencia de cesación de detención preventiva, porque no cursa el expediente en ese despacho, causándole incertidumbre al accionante en relación a su situación jurídica y por ende a su libertad.