SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

b) Del memorial de ampliación de la demanda de acción de amparo constitucional

El accionante manifiesta que, por cuerda separada, la coprocesada Yolanda Marleny García Meneses, formuló acción de amparo constitucional impugnado las mismas determinaciones, demanda extraordinaria que, habiendo sido conocida por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia, pronunció la Resolución 004/2014 de 7 de mayo, concediendo la tutela y dejando sin efecto la Resolución del Recurso Jerárquico de 3 de diciembre de 2013, ordenando que, el Gerente General a.i. del SSU, emita nuevo fallo conforme a derecho.

En cumplimiento a la Resolución 004/2014, el Gerente General a.i. del SSU, pronunció la Resolución Administrativa (RA) 006/14 de 12 de marzo de 2014, anulando el Auto Inicial del Proceso Administrativo Interno de 7 de octubre de 2013, disponiendo el inicio de un nuevo proceso y como consecuencia, dejó sin efecto las sanciones de destitución impuestas contra ambos procesados.

Es así que, mediante memorándum GG-JP-261/14 de 12 de marzo de 2014, fue restituido a sus funciones, otorgándose un plazo de tres días para la recepción de la oficina de RR.HH. sin disponer la reposición de salarios y beneficios que dejó de percibir; sin embargo, luego de transcurrido el tiempo señalado, el Gerente General a.i. del SSU, emitió el memorándum GG-JP-283/14 de 18 de marzo de 2014, por el que lo designó temporalmente como Responsable de la Unidad de Activos Fijos y Almacenes, con el mismo nivel salarial que percibía como Jefe de RR.HH.

Agrega que, mediante sendas notas, solicitó al Gerente General a.i. del SSU, la reposición y restitución de salarios y beneficios sociales correspondientes al lapso  de tiempo que duró su ilegal destitución, mereciendo respuesta negativa a su pretensión, con el argumento que la Resolución 004/2014, no estableció la restitución del salario y que tal emolumento era resultante de un trabajo efectivamente realizado, motivo por el cual, amplió su demanda de acción de amparo constitucional contra Hernán Delgadillo Dorado, Gerente General a.i. del SSU, impugnando su ilegal decisión de no restituir sus salarios que dejó de percibir como consecuencia de su ilegal y arbitraria destitución, así también por haberlo designado temporalmente como Responsable de la Unidad de Activos Fijos y Almacenes de la institución, sin que medie fundamento razonable alguno y, omitiendo reincorporarlo a la función de Jefe de RR.HH., decisión que ha ocasionado lesión a sus derechos constitucionales.