Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.12.
II.12. Reiterando su solicitud, el accionante, remitió nueva nota el 27 de marzo de 2014, mereciendo nuevamente respuesta negativa a su pretensión en base a los mismos argumentos, con la añadidura que, cualquier reclamo al respecto pudo haberse impetrado ante el Tribunal de garantías mediante enmienda y complementación (fs. 1005 a 1008).
- acción de amparo constitucional
- a) Del memorial de demanda de acción de amparo constitucional
- b) Del memorial de ampliación de la demanda de acción de amparo constitucional
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. De la cosa juzgada constitucional y los presupuestos de procedencia
- III.2. La legitimación pasiva en acciones de amparo constitucional
- III.3.1. Consideraciones previas necesarias
- III.3.2. De la problemática de fondo, expuesta en la ampliación de demanda
- CONFIRMAR