Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.11.
II.11. Mediante nota de 19 de marzo de 2014, el accionante solicitó al Gerente General a.i. del SSU, complemente la determinación expresada en el memorándum GG-JP-261/14, disponiendo la reposición y restitución de salarios y beneficios sociales por el lapso que duró la ilegal destitución de su cargo, mereciendo respuesta de 21 del mismo mes y año, por la cual se le pidió detallar los elementos legales y fácticos en los que fundamentaba su pretensión, habida cuenta que, la Resolución 004/2014, emitida por el Tribunal de garantías, no estableció tal obligación y que “el salario es una retribución por el trabajo efectivamente realizado” (sic) (fs. 1002 a 1004).
- acción de amparo constitucional
- a) Del memorial de demanda de acción de amparo constitucional
- b) Del memorial de ampliación de la demanda de acción de amparo constitucional
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III.1. De la cosa juzgada constitucional y los presupuestos de procedencia
- III.2. La legitimación pasiva en acciones de amparo constitucional
- III.3.1. Consideraciones previas necesarias
- III.3.2. De la problemática de fondo, expuesta en la ampliación de demanda
- CONFIRMAR