Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.1.
II.1. El 31 de octubre de 2013, funcionarios del SIN Distrital Santa Cruz, procedieron a elaborar las actas de verificación y clausura correspondientes a las casetas de los accionantes como comerciantes del mercado “La Ramada” (fs. 2, 15, 27, 39, 50, 61, 72, 83, 97, 109, 119 128 139, 148, 161, 170, 180, 189, 200 y 202).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “declaró improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto