SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.2.
II.2. El 4 de noviembre de 2014, el SIN Distrital Santa Cruz mediante RA 23-0000359-13 autorizó: “Habilitar horas extraordinarias para el periodo comprendido entre el 4 de noviembre de 2013 desde horas 18:30 hasta el 31 de diciembre de 2013 horas 23:59 como horas y días hábiles válidas para las actuaciones administrativas emergentes del operativo de control coercitivo para el control de emisión de facturas, notas fiscales o documento equivalente en la Terminal Bimodal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, como en diversos centros comerciales y ventas de bebidas alcohólicas, restaurantes y todo tipo de negocios que se encuentren en la jurisdicción del departamento de Santa Cruz” (sic.) (fs. 512 a 513).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “declaró improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto