SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0235/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0235/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

a)

El accionante, en audiencia manifestó que: a) El “21 de marzo” solicitó formalmente a Ricardo Torres Echalar, su vacación, recibiendo sólo respuesta de manera verbal, posteriormente el encargado de RR.HH. respondió indicando que no tenía vacación; sin embargo, en la gestión 2011 y 2012 estuvo de turno y no efectivizó el uso de sus vacaciones, por ello es su reclamo; b) Con relación al principio de subsidiariedad realizó varias solicitudes para hacer valer sus derechos, agotando todas las instancias conforme el art. 54.II del CPCo; y, c) Aclaró que las vacaciones que hizo en noviembre a diciembre de 2013, fue de la gestión de 2012, y le corresponde la vacación de 2013, que ese su derecho es irrenunciable, por lo que solicitó se le otorgue la tutela al no tener una respuesta formal, pronta y oportuna de las autoridades demandadas.