Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0235/2015-S2
Fecha: 26-Feb-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado a tiempo de ratificar el contenido del memorial de la acción de amparo constitucional, amplió manifestando que el art. 128 de la CPE, previene la procedencia de la presente acción contra actos y omisiones, en el caso concreto las autoridades demandadas omitieron otorgar ese derecho, negándosele un derecho constitucional, por lo que solicitó se conceda la tutela, que es la vacación pendiente, al haberse agotado las instancias y las contradicciones de la autoridad demandada con relación a las respuestas sobre las notas enviadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.El derecho de petición alcance y contenido
- III.3. Del principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte