SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

“TOZUDA, PORFIADA, ARBITRARIA, MEZQUINA E ILEGAL (…) ADOPTADA POR EL DIRECTORIO DE LA ASOCIACIÓN, DE PRIVARLE DEL GOCE DE TALES SERVICIOS”

Añade que debido al incumplimiento, por su parte, del pago de servicios básicos de agua potable, energía eléctrica y alcantarillado sanitario, éstos le fueron suspendidos; sin embargo, luego de regularizar el cumplimiento de su obligación, mediante la cancelación del monto adeudado, ascendiente a la suma de Bs1300.- (un mil bolivianos), el 3 de diciembre de 2013 y pese a las reiteradas solicitudes de reposición de dichos servicios, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, aquellos no han sido repuestos debido a la actitud “TOZUDA, PORFIADA, ARBITRARIA, MEZQUINA E ILEGAL (…) ADOPTADA POR EL DIRECTORIO DE LA ASOCIACIÓN, DE PRIVARLE DEL GOCE DE TALES SERVICIOS” (sic).

El único argumento esgrimido por la demandada, es que se hubiera procedido a su expulsión como miembro de la asociación, extremo que desconoce totalmente, por cuanto nunca fue notificada con decisión alguna que justifique tal extremo y mucho menos con la activación de proceso sumarial alguno del cual pudiera haber surgido tal decisión.