SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad y al debido proceso, en cuanto a este último refiere que la vulneración radica en una indebida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales; por estar vinculado al derecho y garantía de presunción de inocencia; a la igualdad procesal horizontal de las partes; y finalmente por transgresión al derecho a la valoración razonable de la prueba, todas estas supuestas vulneraciones que fueron cometidas por el Juez demandado con la emisión del Auto interlocutorio de 8 de julio de 2014 y  por otro lado los Vocales también demandados al haber emitido el Auto de Vista 272/014 de 23 de julio de 2014, determinaron que se encuentra vigente el requisito exigido por el numeral 2 del art. 233 del CPP, ratificando la decisión del Juez a quo en relación al riesgo procesal del numeral 10 del art. 234 del Código antes mencionado, a través de razonamientos subjetivos que no se ajustan a derecho.