DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2015

Fecha: 27-Mar-2015

a las servidoras y servidores públicos del concejo municipal

El presente artículo establece la organización interna del Concejo Municipal y coloca en primer lugar al pleno mismo, en segundo lugar a la directiva, en tercer lugar a comisiones especiales y permanentes y en cuarto lugar introduce dentro de esa organización interna a las servidoras y servidores públicos del concejo municipal.

Al respecto, el art. 233 de la CPE, establece que: “Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñan cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento”.

Consiguientemente, los concejales municipales forman parte del pleno del Concejo Municipal, Directiva, Comisiones permanentes y especiales, y por lo tanto, son también servidores públicos; por lo que, al establecer una organización interna de un órgano de gobierno no puede preverse que las servidoras y servidores públicos del Concejo Municipal se constituyen como una instancia de esa organización, sino son los personeros que conforman esas instancias establecidas estructuralmente -pleno, directiva y comisones-; es decir, son servidores públicos y no así una instancia de organización de un órgano de gobierno.