Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente en relación a la DCP 0088/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídico-constitucionales que se desarrollan a continuación:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente en relación a la DCP 0088/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídico-constitucionales que se desarrollan a continuación:

Fecha: 27-Mar-2015

2)

2)   En el caso analizado, el deliberante de la entidad territorial autónoma (ETA), plantea una situación diferente, pues regula para un momento electoral distinto cual es el verificativo de las elecciones, momento en el cual, el antes candidato adquirirá, de ganar, el carácter de electo o elegido (nótese que en el precepto se habla de electo como sinónimo de elegido), y en el que se deberá materializar la exigencia prevista en el art. 285.I.2 de la Norma Suprema; esto es, haber cumplido los veintiún años de edad.