Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente en relación a la DCP 0088/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídico-constitucionales que se desarrollan a continuación:
Fecha: 27-Mar-2015
9.
9. Aprobar, dentro de los primeros (15) quince días de su presentación, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal, presentados por el Alcalde o Alcaldesa Municipal en base al Plan de Desarrollo Municipal, utilizando la Planificación Participativa Municipal. Cuando el Concejo Municipal no se pronunciara en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados”.
- garantizar la supremacía constitucional
- a)
- Análisis
- 1)
- 2)
- I.
- Análisis del parágrafo I
- ii)
- Análisis del parágrafo II
- III.
- 167
- b)
- por sí mismo o con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras
- Análisis del parágrafo III
- Análisis del parágrafo VI
- podrá acordar y convenir la transferencia o delegación de forma parcial o total de una o más competencias
- 8.
- 9.