Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente en relación a la DCP 0088/2015 de 27 de marzo, en base a los argumentos jurídico-constitucionales que se desarrollan a continuación:
Fecha: 27-Mar-2015
podrá acordar y convenir la transferencia o delegación de forma parcial o total de una o más competencias
El Gobierno Autónomo Municipal, en el marco de lo establecido por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, podrá acordar y convenir la transferencia o delegación de forma parcial o total de una o más competencias, así como asumir la responsabilidad de aquellas que le fueren transferidas o delegadas conforme a Ley” (las negrillas nos pertenecen).
- garantizar la supremacía constitucional
- a)
- Análisis
- 1)
- 2)
- I.
- Análisis del parágrafo I
- ii)
- Análisis del parágrafo II
- III.
- 167
- b)
- por sí mismo o con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras
- Análisis del parágrafo III
- Análisis del parágrafo VI
- podrá acordar y convenir la transferencia o delegación de forma parcial o total de una o más competencias
- 8.
- 9.