Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Fecha: 04-Mar-2015
II.2.
II.2. Mediante RS 11661 de 24 de enero de 2014, emitida por Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia y Elba Viviana Caro Hinojosa, Ministra de Planificación del Desarrollo; que en su cláusula primera resolvió homologar la OM 081/2012, modificada por la OM 027/2013, complementada por la OM 0127/2013 de 29 de octubre, emitidas por el Concejo Municipal de Sacaba, que aprobaron la delimitación de radio urbano del municipio de Sacaba, primera sección de la provincia Chapare del departamento de Cochabamba (fs. 51 a 53).
- I.1. Antecedentes procesales sustanciados ante el Juzgado de Instrucción Segundo en lo Civil de Sacaba
- a)
- 1)
- I.3. Admisión y citación
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Control competencial que ejerce el Tribunal Constitucional Plurinacional
- En este contexto y en este estado de cosas, es imperante precisar que el art. 202.11 de la Constitución, en el marco del control reparador y competencial de control de constitucionalidad, establece que el Tribunal Constitucional Plurinacional, es competente para conocer 'Los conflictos de competencia entre la jurisdicción indígena originario campesina y la jurisdicción ordinaria y agroambiental'”
- 7. Conocer los procedimientos interdictos que señala la ley.
- I.
- III.3. Análisis del caso concreto