Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2015

    Fecha: 12-Mar-2015

    CONSTITUCIONALIDAD

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar: La CONSTITUCIONALIDAD de los arts. 120 de la LP y 20 del Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley de Pensiones en Materia de Contribuciones y Gestión de Cobro de Contribuciones y Mora.

    • acciones de inconstitucionalidad concreta
    • I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
    • rechazó
    • admitió
    • a)
    • b)
    • I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
    • I.3.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.3.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II. CONCLUSIONES
    • II.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Alcances del control de constitucionalidad normativo
    • la labor del Tribunal sólo se circunscribe al examen de las disposiciones alegadas de lesivas a las normas y preceptos de la Norma Suprema, con el fin de establecer su constitucionalidad o inconstitucionalidad, y de ninguna manera realizar análisis alguno respecto al caso en concreto
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONSTITUCIONALIDAD

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca