Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2015
Fecha: 12-Mar-2015
I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
Con argumentos similares a los contenidos en la acción de inconstitucionalidad concreta correspondiente al expediente 03978-2013-08-AIC, con la diferencia que en este caso, se trata de un proceso coactivo instaurado por la AFP BBVA Previsión S.A. contra la Empresa a la que representa, asimismo, puntualiza la existencia de terceros interesados, siendo estos la AFP BBVA Previsión S.A. y el Ministerio Público.
- acciones de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- rechazó
- admitió
- a)
- b)
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.3.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.3.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II. CONCLUSIONES
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del control de constitucionalidad normativo
- la labor del Tribunal sólo se circunscribe al examen de las disposiciones alegadas de lesivas a las normas y preceptos de la Norma Suprema, con el fin de establecer su constitucionalidad o inconstitucionalidad, y de ninguna manera realizar análisis alguno respecto al caso en concreto
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONSTITUCIONALIDAD