SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015-S3

Fecha: 20-Mar-2015

concedió en parte

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 47/2014 de 12 de junio, cursante de fs. 73 a 76, concedió en parte la tutela, bajo los siguientes fundamentos: 1) Revisada la Resolución Jerárquica 011/2013, se tiene que la misma carece de fundamentación y motivación vinculada a lo previsto por el DS 29215, en su Disposición Transitoria Undécima, parágrafo III; normativa que señala de forma específica cuál es el procedimiento que debe aplicarse en caso de advertirse la nulidad de actuados del proceso de saneamiento; por consiguiente, la autoridad jerárquica, no expresó fundamento jurídico alguno respecto a porqué dispuso solo la nulidad de algunos actuados y no aplicó la referida disposición transitoria, lo que vulnera el derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación; y, 2) Sobre la violación del derecho a la igualdad, la parte accionante fundamentó tal extremo en el hecho que el Director Nacional del INRA -actualmente codemandado-, hubiera obrado en forma diferente en otros casos en los que se dispuso la nueva realización de tareas observadas; sin embargo, no se adjuntó la RA “15/2012 de 23 de marzo” -referida al otro caso-, lo que lleva a concluir que tampoco se lesionó el derecho a la defensa, ni se desconocieron los principios expuestos en la demanda constitucional.