Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2015-S3
Fecha: 26-Mar-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 411/2014 de 19 de agosto, cursante de fs. 1376 a 1380 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Julio Ariel Coronado López, en representación legal de Gonzalo Amable Serrano Torrico en representación legal de la empresa constructora unipersonal “SERRANO” contra Pastor Segundo Mamani Villca y Antonio Guido Campero Segovia, Magistrados de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- pues de manera genérica se dice que la prueba no fue debidamente valorada
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió
- puede estar implícito o disperso en el recurso de casación y no sería conducente con un sistema judicial que procura la verdad material la exigencia con rigurosidad de la explicites de los requisitos cuando fácilmente de una lectura y análisis integral del recurso se puede desentrañar el cumplimiento de los requisitos y posibilitar así una resolución en el fondo que elimine el estado de indeterminación de las parte procesales, contribuya a la pacificación social y la seguridad jurídica”
- II.1.
- II.2.
- 1)
- Demostrando
- sólo resulta exigible
- III.2.
- CONFIRMAR