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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2015-S3

    Fecha: 26-Mar-2015

    II.1.

    II.1.  Por Resolución Determinativa GRACO 47/2008, de 22 de diciembre, la Gerencia Distrital a.i. GRACO Cochabamba de Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), determinó de oficio las obligaciones impositivas de Gonzalo Amable Serrano Torrico, que ascienden a Bs. 5.460.117 (cinco millones cuatrocientos sesenta mil ciento diecisiete 00/100 bolivianos) por concepto de tributo omitido, mantenimiento de valor e intereses, multa e incumplimiento de deberes formales (fs. 33 a 39).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • pues de manera genérica se dice que la prueba no fue debidamente valorada
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención del tercer interesado
    • concedió
    • puede estar implícito o disperso en el recurso de casación y no sería conducente con un sistema judicial que procura la verdad material la exigencia con rigurosidad de la explicites de los requisitos cuando fácilmente de una lectura y análisis integral del recurso se puede desentrañar el cumplimiento de los requisitos y posibilitar así una resolución en el fondo que elimine el estado de indeterminación de las parte procesales, contribuya a la pacificación social y la seguridad jurídica”
    • II.1.
    • II.2.
    • 1)
    • Demostrando
    • sólo resulta exigible
    • III.2.
    • CONFIRMAR

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