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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2015-S3

    Fecha: 27-Mar-2015

    Fragmento 7

    Alain Nuñez Rojas, Editha Pedraza Becerra y Teresa Lourdes Ardaya Pérez, Vocales de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy codemandados-, no asistieron a la audiencia ni presentaron informe escrito pese a su legal citación cursante a fs. 669 y vta.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • Fragmento 7
    • i)
    • improcedencia”
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • III.2.1.
    • CONFIRMAR

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