DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 34. ATRIBUCIONES

6) Aprobar dentro de los cuarenta (40) días hábiles de su presentación por la Alcaldesa o Alcalde Municipal, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Territorial. En caso que el Concejo Municipal no se pronuncie en el plazo señalado, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Territorial presentados se darán por aprobados.

7) Considerar y aprobar el Programa Operativo, Presupuesto Municipal y sus respectivas modificaciones y reformulaciones dentro de los veinte (20) días hábiles de su presentación por el Alcalde o Alcaldesa Municipal; si en el plazo establecido, el Concejo Municipal no se pronuncia, los instrumentos de gestión antes referidos quedan aprobados y se ejecutan en las condiciones y alcance de su presentación.

27) Fiscalizar, por iniciativa institucional o mediante requerimiento motivado de las instancias de control social, al Alcalde o Alcaldesa Municipal, a las servidoras y servidores públicos municipales de todos los ámbitos de gestión administrativa municipal centralizada, desconcentrada y descentralizada.

27) Fiscalizar, por iniciativa institucional o mediante requerimiento motivado de las instancias de control social, al Alcalde o Alcaldesa Municipal, a las servidoras y servidores públicos municipales de todos los ámbitos de gestión administrativa municipal centralizada, desconcentrada y descentralizada.